A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Martinez Angel Rafael Antonio·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Nulidad de actos administrativos sobre cobro de aportes patronales a pensión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 23 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso MAFER LTDA en contra de Colpensiones, con la finalidad de solicitar la declaratoria de nulidad de los actos administrativos mediante los cuales la demandante le notificó la liquidación certificada de la deuda por el pago de aportes pensionales de un afiliado y el rechazo al recurso de reposición que había interpuesto en su contra.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones determinó la Corte que, en los términos de los artículos 104, 138 y 155 del CPACA, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por un privado en contra de Colpensiones, con la finalidad de solicitar la anulación de dos actos administrativos proferidos por esa administradora en el marco de un cobro coactivo adelantado, en ejercicio de sus funciones, ante la presunta omisión en el pago de los aportes pensionales de una afiliado.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 23 Laboral del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda interpuesta por el señor Rafael Antonio Martínez Ángel, en calidad de representante legal de MAFER LTDA y actuando a través de apoderado judicial, en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2173 al Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 23 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.